miércoles, 19 de diciembre de 2012

La Dimensión Religiosa en la Educación de la República Dominicana


La Dimensión Religiosa en la Educación de la República Dominicana

La promoción de valores espirituales en las personas y la comunidad, es fundamental para conformar los principios y las formas de vivir de una sociedad, los fenómenos religiosos han sido heredado a través del lenguaje a lo largo de la historia; esto a dado origen a la religión como un elemento fundamental de la cultura y las sociedades, tanto en la dominicana como en otras parte del mundo en especial en América Latina.
En la educación dominicana la religión se inicia desde el descubrimiento mismo de la isla de Santo Domingo (la Española), con la llegada de los misioneros, los laicos y los dominicos. Los cuales impulsados por el reino español y el orbe religioso católico, introdujeron en la cultura de la isla los principios y fundamentos religiosos, dejando impregnados el credo católico en la isla, ajeno a las creencias y la cultura indígena, con la imposición del dios patriarcal, omnipotente.[1]
La importancia de la educación religiosa se vasa en la formación de individuos autónomos, sociales y creativos, con valores  morales capaces de convivir y compartir con los demás. Tal como señaló el fenecido Papa Juan Pablo II ¨Es derecho inalienable de todo ser humano tener una educación que responda a su cultura y a sus propias creencias y tradiciones. En ello va incluida la concepción religiosa. La educación tiene el deber de trasmitir conocimientos y facilitar que se inserten en una concepción ética de la existencia¨ (cf. S.S. Juan Pablo II, A jóvenes e intelectuales, Kinshasa, 4-5-80). Por tanto la educación es uno de los derechos fundamentales de todos los seres humanos y en deber del Estado concederla gratuitamente.
La religión en la educación forma parte del currículo de la nación dominicana, establecida mediante la Ley General de Educación (Ley 66-97), en los artículos siguientes:
ü  Art. 22.- Los padres o los tutores tienen el derecho de que sus hijos o pupilos reciban la educación moral y religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
ü  Art. 23.- La enseñanza moral y religiosa se guiará con sujeción a los preceptos constitucionales y a los tratados internacionales de los cuales el Estado Dominicano es signatario.
ü  Art. 24.- Las escuelas privadas podrán ofrecer formación religiosa y/o moral, de acuerdo con su ideario pedagógico, respetando siempre la libertad de conciencia y la esencia de la dominicanidad.
ü  Art. 25.- Los alumnos de planteles públicos recibirán enseñanza religiosa como se consigna en el currículo y en los Convenios Internacionales. A tales fines y de acuerdo con las autoridades religiosas competentes se elaborarán los programas que se aplicarán a los alumnos cuyos padres, o quienes hacen sus veces, no pidan por escrito que sean exentos.
ü  Art. 26.- El Consejo Nacional de Educación tendrá a su cargo reglamentar todo lo relativo a la aplicación de estas disposiciones.
El Estado dominicano da libertad de culto a la sociedad, reconociendo el derecho de cada ciudadano, de elegir a que religión o creencia pertenecer, o de no pertenecer a ninguna.  De modo que se produzca un sano pluralismo y sea respetado el derecho inalienable de los padres a elegir, en la formación de sus hijos e hijas.
¨La dimensión religiosa dignifica a la persona y crea una profunda función crítica ante las propuestas con que suele aturdirnos la época actual, en la que han sido desplazados los valores más profundos que conforman nuestra identidad. Se los contradice abierta o subliminal mente  con el peso de una propaganda mediática que resulta abrumadora. Parece que se pretendiera impulsar a la comunidad a obrar como si Dios no existiera.¨[2]

Documentos consultados:



[1] CODINA, Víctor S.J., Ser cristiano en América Latina, CINEP, 1987, p.20-53

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